Residencia Ítaca

Para personas mayores en La Rioja

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Convocatoria Abierta para subvención de plazas en Residencia Itaca

RESOLUCIÓN 57/2025, por la que se aprueba la convocatoria para la adjudicación de 15 plazas subvencionadas de por vida en la Residencia Ítaca a personas mayores con grado de discapacidad 1 y 2, a partir del 1 de agosto de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2025.

ANTECEDENTES

Primero.– Ante la escasez de ayudas públicas dirigidas a personas con discapacidad de nivel 1 y 2, la Residencia Itaca ha resuelto adoptar medidas específicas que favorezcan el acceso de este colectivo a recursos asistenciales de calidad, promoviendo su bienestar, autonomía y dignidad.

Con fecha 1 de julio de 2025, la administración de Residencia Itaca emitió informe favorable para la concesión de 15 plazas residenciales subvencionadas de carácter vitalicio, destinadas a personas mayores con grado de discapacidad reconocido de nivel 1 y 2, que se hará efectivo desde el día 1 de agosto de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2025.

Segundo.– Estas plazas están financiadas con cargo al presupuesto de Residencia Itaca para el ejercicio 2025 y siguientes, garantizándose su continuidad mediante dotación plurianual.

Tercero.– Esta medida se establece en consonancia con la Estrategia de Atención Integral a la Dependencia de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2025–2030, cuyo objetivo es favorecer el acceso a recursos residenciales de calidad a personas mayores con recursos económicos limitados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Ley 7/2009, de Servicios Sociales de La Rioja.

  2. Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

  3. Ley 38/2003, General de Subvenciones.


RESUELVE

Primero.– Aprobar la convocatoria de 15 plazas subvencionadas de por vida en la Residencia Ítaca.

Segundo.– Requisitos de las personas beneficiarias:

  • Tener 65 años o más.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad de nivel 1 o nivel 2.
  • Estar empadronado en cualquier municipio de La Rioja con una antigüedad mínima de 2 años.
  • No disponer de plaza residencial pública ni privada subvencionada.

Tercero.– Documentación a presentar:

  • Solicitud cumplimentada según modelo disponible en https://residenciaitaca.com/formulario-de-solicitud-de-subvencion/
  • Certificado de empadronamiento.
  • Copia del DNI.
  • Informe médico actualizado y completo.
  • Reconocimiento oficial del grado de discapacidad.
  • Justificante de ingresos (IRPF o declaración responsable).
  • Autorización para consulta de datos tributarios y patrimoniales.
  • Declaración responsable de no estar incurso en incompatibilidades.

Cuarto.– Plazo y forma de presentación de solicitudes:
El plazo para presentar las solicitudes será del 1 de agosto de 2025 al 30 de septiembre de 2025.

Las personas interesadas podrán presentar la documentación por cualquiera de las siguientes vías:

Se recomienda revisar previamente que toda la documentación esté completa y correctamente firmada. La solicitud y los anexos estarán disponibles para descarga en el mismo portal web o podrán solicitarse físicamente en la sede del Centro Aeda.

Quinto.– Criterios de valoración:
En caso de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas, se aplicarán los siguientes criterios:

  • Mayor grado de vulnerabilidad económica.
  • Mayor edad.
  • Ausencia de red familiar.
  • Situación médica o social urgente valorada por el equipo técnico de la Residencia Itaca.

Sexto.– Resolución y publicación:
Las solicitudes serán resueltas por orden de entrada, una vez comprobada la documentación y verificados los requisitos. La resolución definitiva se notificará individualmente a los solicitantes y se publicará en el tablón electrónico de anuncios de la Residencia Itaca y estarán sujetas a verificación de Grupo Aeda.

Séptimo.– Naturaleza de la ayuda:
La plaza subvencionada cubrirá hasta el 50% del precio mensual de estancia en la Residencia Ítaca, en modalidad de habitación compartida.

Esta subvención incluye los servicios básicos asistenciales y de apoyo contemplados en el programa residencial, entre ellos:

  • Alojamiento y manutención
  • Atención médica general
  • Seguimiento neuropsicológico periódico
  • Asistencia en actividades básicas de la vida diaria
  • Actividades de estimulación y acompañamiento

Quedan excluidos de la subvención todos aquellos servicios adicionales o complementarios no incluidos en el plan básico asistencial, como:

  • Habitación individual
  • Tratamientos médicos especializados externos
  • Servicios estéticos, peluquería o fisioterapia privada
  • Excursiones u otras actividades con coste adicional

La subvención se mantendrá durante toda la vida del beneficiario, salvo que se detecte incumplimiento de las condiciones establecidas o renuncia voluntaria por parte del usuario.

Octavo.– Control y seguimiento:
La Residencia Itaca podrá realizar revisiones periódicas del cumplimiento de requisitos, reservándose el derecho de revocar la plaza por falsedad documental, cambio de residencia fuera de La Rioja o mejora significativa de la autonomía personal del beneficiario.

Logroño, a 1 de julio de 2025.


Jorge Martija

Presidente Junta Directiva Residencia Itaca

Puedes acceder directamente al formulario de solicitud de la subvención en el siguiente enlace:

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